
En los sectores de hostelería y restauración, el éxito de un negocio a menudo depende tanto de la calidad del concepto como de la solidez de la sociedad. Ya sea abrir un restaurante, hacerse cargo de un hotel familiar, desarrollar una cadena o incorporar un nuevo inversor, estos proyectos implican decisiones estratégicas, inversiones significativas y una estrecha colaboración entre los socios.
En este contexto, los estatutos sociales y el pacto de accionistas son dos instrumentos legales esenciales. Los estatutos sociales establecen las normas de funcionamiento de la empresa y estructuran su organización, mientras que el pacto de accionistas permite prever las relaciones entre los socios, las normas de gobernanza y la gestión de posibles conflictos.
Bien diseñados y complementarios, estos dos instrumentos permiten organizar las operaciones de la empresa, proteger los intereses de los socios y anticipar la evolución del proyecto empresarial en un sector donde la estabilidad y la confianza entre los socios son cruciales.
1/ Los Estatutos Sociales: La Base de la Organización de la Empresa
Los estatutos sociales constituyen el documento fundacional de la empresa. Establecen las normas esenciales para su funcionamiento y rigen las relaciones entre los socios, así como las disposiciones de gobernanza.
En los sectores hotelero y de restauración, donde los proyectos suelen implicar importantes inversiones y actividades operativas diarias, la redacción precisa de los estatutos sociales es fundamental.
Por lo tanto, ciertas cláusulas merecen especial atención para garantizar el buen funcionamiento de la empresa y prevenir posibles conflictos entre los socios.
En primer lugar, las cláusulas relativas a la gestión. Esto implica definir las funciones de cada uno de los órganos de la empresa, ya sea el Presidente, los socios (especialmente a través de una junta general) u otros órganos que puedan estar previstos en los estatutos, como un consejo de administración, que podría estar compuesto por varios socios que tomarían ciertas decisiones o supervisarían las del Presidente, cuyas atribuciones podrían estar definidas en dichos estatutos.
En estructuras donde el gerente y algunos socios pueden participar en las operaciones diarias, como la gestión de un restaurante o un hotel, suele ser importante regular ciertas decisiones estratégicas, como realizar inversiones importantes, obtener préstamos o abrir un nuevo establecimiento.
Los estatutos sociales también deben definir claramente los procedimientos de votación. Establecer las reglas de mayoría y quórum para la adopción de decisiones importantes garantiza el equilibrio entre los socios y evita el bloqueo. El quórum es el número mínimo de socios o acciones (participaciones sociales o participaciones) que deben estar presentes o representados en una reunión para que las decisiones sean válidas.
Resulta útil identificar ciertas decisiones delicadas y estipular que requieren una mayoría cualificada (por ejemplo, el 75 % de los socios o el acuerdo unánime), especialmente cuando puedan afectar la actividad o la estructura de la empresa, como la entrada de nuevos socios mediante la adquisición de acciones.
A continuación, se debe prestar especial atención a las cláusulas que rigen la transferencia y cesión de acciones. Las cláusulas de aprobación y de derecho de preferencia permiten controlar la entrada de nuevos socios e impiden la incorporación de un tercero no deseado como accionista.
Finalmente, existen las cláusulas de exclusión. Estas cláusulas, a menudo pasadas por alto en los estatutos, pueden desempeñar un papel crucial para evitar cualquier tipo de parálisis en la empresa. Permiten prever situaciones en las que un socio podría verse obligado a abandonar la empresa.
En la práctica, estas cláusulas pueden abordar diversas situaciones, como el incumplimiento de las obligaciones de un socio, una clara pérdida de confianza entre socios, un incumplimiento grave de los compromisos por parte de uno de ellos o una situación perjudicial para los intereses de la empresa. En los sectores hotelero y de restauración, donde algunos socios pueden estar directamente involucrados en la gestión del establecimiento, estos mecanismos permiten excluir a un socio que ya no participa en el proyecto o cuyo comportamiento perjudica el buen funcionamiento del negocio.
Para ser efectivas, las cláusulas de exclusión también deben especificar el procedimiento a seguir y las condiciones para la recompra de las acciones del socio en cuestión.
2/ El Pacto de Accionistas: Organización de Relaciones y Anticipación de Dificultades
El pacto de accionistas es un complemento esencial de los estatutos sociales. Se trata de un contrato que define con precisión los derechos y obligaciones de los accionistas y organiza sus relaciones.
A diferencia de los estatutos sociales, es confidencial: no se registra en el juzgado mercantil y solo lo conocen los firmantes. Esto permite incluir disposiciones específicas que no se pretenden hacer públicas.
En la práctica, el pacto proporciona un marco de referencia para los accionistas involucrados en las operaciones de la empresa. Puede estipular que un accionista que ocupe un cargo directivo (por ejemplo, gerente o director de un establecimiento) debe mantener dicho cargo durante un período determinado. Si lo abandona o deja de ocuparlo, el pacto puede exigir la transferencia de la totalidad o parte de sus acciones, según los términos acordados previamente.
También permite que ciertas decisiones estén sujetas a acuerdo previo, como la obtención de un préstamo que supere un determinado importe, la firma o rescisión de un contrato de arrendamiento comercial o la apertura de un nuevo establecimiento.
El pacto de accionistas permite organizar las transacciones de capital. Puede incluir un derecho de tanteo que permite a cada accionista participar en las ampliaciones de capital para mantener su participación. Puede estipular que un accionista que desee vender sus acciones debe ofrecerlas primero a los demás accionistas, quienes disponen de un plazo para adquirirlas en las mismas condiciones antes de cualquier venta a un tercero.
También puede organizar la distribución de derechos entre los accionistas, otorgando a algunos mayores derechos de voto y a otros derechos financieros, especialmente en lo que respecta a la distribución de dividendos o los ingresos procedentes de la venta de acciones. Por ejemplo, un accionista podría poseer el 51% del capital, el 60% de los derechos de voto, pero solo el 40% de los dividendos, mientras que otro, un accionista minoritario, podría recibir el 60% de los dividendos con solo el 40% de los derechos de voto.
El pacto de accionistas también regula las transferencias de acciones, estableciendo de antemano las condiciones para la transferencia y evitando así situaciones de bloqueo. Esto incluye definir un método para valorar las acciones y determinar el precio, por ejemplo, mediante una fórmula de cálculo predefinida.
También ayuda a anticipar conflictos. Puede prever la mediación en caso de desacuerdo y organizar una estrategia de salida en caso de bloqueo, permitiendo a un accionista ofrecer la compra de las acciones del otro accionista o vender las suyas.
3/ La relación entre los estatutos sociales y el pacto de accionistas: garantizar la coherencia en las normas de funcionamiento de la empresa
El pacto de accionistas solo es vinculante para sus firmantes. Por lo tanto, un accionista que no lo firme no está obligado por los compromisos del pacto, y estos compromisos no pueden hacerse cumplir contra él.
En la práctica, sin embargo, es posible condicionar la incorporación a la empresa a la firma del pacto, para garantizar que todos los nuevos accionistas estén sujetos a las mismas normas.
Además, ciertos mecanismos deben incluirse en los estatutos sociales para que sean plenamente efectivos. De lo contrario, no pueden hacerse cumplir contra la empresa ni contra terceros. Esto es especialmente cierto para las normas relativas a la entrada o salida de accionistas, o ciertas limitaciones a sus facultades.
Asimismo, el incumplimiento del pacto de accionistas no invalida las decisiones de la empresa. Una decisión tomada de acuerdo con los estatutos sociales sigue siendo válida, incluso si infringe el acuerdo. La sanción es puramente contractual: el accionista incumplidor incurre en responsabilidad y puede ser obligado a indemnizar a los demás firmantes.
Por consiguiente, la redacción del acuerdo de accionistas debe estar estrechamente alineada con los estatutos sociales. El objetivo es identificar las disposiciones que deben incluirse en los estatutos y aquellas que pueden abordarse únicamente a través del marco contractual.
La redacción de los estatutos sociales y del acuerdo de accionistas requiere una cuidadosa consideración por parte de los futuros firmantes. Por lo tanto, la participación de un abogado mercantil es esencial. Este garantiza la coherencia de las cláusulas, tanto entre ellas como con los estatutos sociales, asegura legalmente los mecanismos establecidos y aclara sus efectos para cada socio.
Asimismo, facilita la comunicación y las negociaciones entre las partes.
Finalmente, en caso de disputa, la calidad de la redacción del acuerdo es crucial. Una redacción precisa y estructurada facilita la interpretación y evita ambigüedades.
SELARL Cabinet d’avocats
Sophie PETROUSSENKO
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